El Ministerio para la Transformación Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha dado a conocer la nueva Orden que establece las bases reguladoras para otorgar subvenciones destinadas a financiar proyectos innovadores enfocados en la transformación del territorio y la lucha contra la despoblación.
Mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado el 3 de octubre de 2025, la Orden TED/1074/2025 modifica la normativa anterior de 2021. Esta actualización busca reforzar tanto la claridad como la flexibilidad para los ciudadanos, adaptando el reglamento a las realidades de los proyectos actuales.
Definición de Beneficiarios y Procedimientos
La nueva regulación avanza en aspectos clave como la definición de beneficiarios, los costes subvencionables y el procedimiento de instrucción. Además, se incluye la aplicación electrónica PLATERO para facilitar la gestión de las solicitudes y se establecen criterios más claros para la valoración de proyectos.
La experiencia adquirida en la gestión de subvenciones durante los últimos tres años, así como el seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos por los proyectos financiados, han hecho necesaria esta revisión. El objetivo es mejorar la identificación de iniciativas locales interesadas y optimizar el proceso administrativo.
Datos sobre Solicitudes y Proyectos
Desde 2022 hasta 2024, MITECO ha llevado a cabo diversas convocatorias, recibiendo solicitudes para más de 3.000 proyectos. Hasta ahora, más de 600 personas y entidades han recibido financiación a través de estas ayudas.
En cuanto al ámbito territorial aplicable a futuros proyectos, se amplía y precisa su localización. Se considerarán municipios con menos de 5.000 habitantes; aquellos con entre 5.000 y 20.000 habitantes que presenten una densidad poblacional inferior a 100 hab/km², siempre que el proyecto se desarrolle en núcleos con menos de 5.000 residentes censados; así como áreas funcionales no urbanas con menos de 15.000 habitantes en total.
Condiciones y Transparencia
Asimismo, se permite que ciertas actividades relacionadas con coordinación, comunicación y formación se realicen en municipios con hasta 30.000 habitantes. La cifra oficial de población se determinará conforme a lo establecido por la normativa estatal anual sobre el Padrón municipal.
Con un enfoque en eficacia y eficiencia, se opta por un procedimiento de concurrencia competitiva para garantizar una ejecución efectiva de las medidas propuestas, asegurando igualdad de oportunidades y minimizando cargas administrativas innecesarias.
Para mantener altos niveles de transparencia, esta Orden ha sido sometida a consulta pública previa y audiencia a través del portal del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
3,000 |
Proyectos para los cuales se han recibido solicitudes de financiación económica durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024. |
600 |
Número de personas y entidades beneficiadas por la concesión de subvenciones hasta el momento. |
5,000 |
Municipios de menos de esta cantidad de habitantes son elegibles para los proyectos. |
15,000 |
Áreas funcionales no urbanas con menos de esta cantidad de habitantes en su conjunto pueden ser elegibles. |