El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud (SNS), que refuerza la gestión pública en la sanidad y deroga la Ley 15/1997 sobre nuevas formas de gestión. Este anteproyecto busca garantizar un sistema sanitario universal, equitativo y transparente, limitando la gestión indirecta a casos excepcionales y estableciendo un marco normativo claro para los consorcios sanitarios. Se prioriza la evaluación y control institucional, así como la rendición de cuentas, con el objetivo de mejorar la calidad asistencial y asegurar la sostenibilidad del SNS.
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Anteproyecto de Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud (SNS), impulsado por el Ministerio de Sanidad. Esta iniciativa busca consolidar la gestión pública como la modalidad preferente en la organización y prestación de servicios sanitarios, derogando la Ley 15/1997 que regulaba nuevas formas de gestión en el SNS.
El nuevo marco normativo tiene como objetivo garantizar un sistema sanitario universal, equitativo y transparente, alineándose con los principios de sostenibilidad y buen gobierno. A pesar de que desde su creación el SNS ha priorizado la gestión pública, la introducción de modelos privados en las últimas décadas ha generado fragmentación y ha disminuido la transparencia y el control institucional.
El anteproyecto se basa en estudios internacionales, incluyendo un análisis realizado en 38 países miembros de la OCDE, que concluyó que no hay evidencia que respalde la privatización en términos de eficiencia. Este estudio revela que los sistemas públicos son más efectivos en el uso de recursos.
En España, se han observado resultados negativos asociados a modelos de gestión indirecta, como el modelo Alzira, que presentaron peores cifras en hospitalizaciones evitables y mortalidad por infarto o ictus en comparación con hospitales públicos similares. Además, se ha evidenciado que la privatización tiende a reducir las plantillas, lo que puede afectar negativamente la calidad asistencial y la sostenibilidad del sistema.
El texto establece principios esenciales para el SNS, tales como universalidad, accesibilidad, sostenibilidad, calidad, eficiencia, transparencia, equidad, solidaridad, participación y colaboración. Estos principios serán aplicables a todos los centros y servicios del SNS, reforzando así el papel de las administraciones públicas en su gestión.
La ley define la gestión directa como aquella realizada:
El anteproyecto restringe la gestión indirecta a situaciones excepcionales, permitiéndola únicamente cuando:
A su vez, se establece un procedimiento obligatorio de evaluación previa para estos casos. Este proceso incluye una memoria justificativa elaborada por la administración sanitaria y un análisis por un comité compuesto por expertos del ámbito sanitario. Se requerirá también la publicación del informe correspondiente en los boletines oficiales pertinentes.
La ley establece un régimen jurídico específico para los consorcios sanitarios, que incluirá:
Dichos consorcios deberán compartir el régimen contable y presupuestario con la administración a la que estén adscritos.
El anteproyecto incorpora medidas para fortalecer el control institucional y evaluar continuamente la gestión sanitaria:
A partir del anteproyecto se prevé:
Dicha legislación deroga expresamente la Ley 15/1997 e introduce modificaciones relevantes en otras normativas relacionadas con el sector sanitario. Los contratos existentes seguirán vigentes hasta su vencimiento, aplicándose las nuevas disposiciones solo a futuros procedimientos.
El objetivo es garantizar la prioridad de la gestión pública en la organización, provisión y administración de los servicios sanitarios, estableciendo un marco jurídico que refuerce el carácter universal, equitativo, transparente y de calidad del SNS.
La gestión indirecta se limita a situaciones excepcionales y solo se permite cuando no sea posible la prestación directa, garantizando sostenibilidad financiera y eficiencia, así como requisitos de calidad, continuidad, accesibilidad y asequibilidad del servicio.
Reconoce principios como universalidad, accesibilidad, sostenibilidad, calidad, eficiencia, transparencia, equidad, solidaridad, participación y colaboración.
Se establecerán indicadores comunes de salud y calidad, las administraciones deberán publicar información detallada sobre contratación y resultados de salud, y se prevé la externalización de auditorías con garantías contra conflictos de interés.
Los conciertos y contratos existentes seguirán vigentes hasta su vencimiento, aplicándose la nueva normativa a los procedimientos futuros.