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sentencia judicial

30/12/2024@19:14:25

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una madre a recibir una prestación familiar para cuidar de su hijo menor con una enfermedad grave que requiere tratamiento médico ambulatorio. La sentencia establece que la atención sanitaria continua en centros de día es equiparable a un ingreso hospitalario prolongado, lo que justifica la necesidad de cuidado directo por parte de los progenitores. Esta decisión contrasta con la denegación inicial de la prestación por parte de MC Mutual, que argumentó la falta de ingreso hospitalario. El tribunal subraya que el objetivo de la prestación es compensar la pérdida de ingresos por la reducción de jornada laboral necesaria para atender al menor.

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