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Audiencia Provincial de A Coruña

20/04/2021@19:52:37
El tribunal destaca que la Administración demandó un derecho de propiedad sobre una parcela catastral, un concepto que no incluye “mesas, sillas, vajillas, alfombras o cuadros”. Los jueces recuerdan que en la sentencia de primera instancia “no se dice que los muebles sean propiedad del Estado, ni nunca se tocó esa cuestión en todo el litigio”.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha declarado que el pazo de Meirás y las fincas incluidas en el recinto son propiedad del Estado, tal y como decretó el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña el pasado mes de septiembre. Además, en la sentencia que responde al recurso de apelación presentado por la familia Franco, condena a los herederos a desalojar esas propiedades, “dejándolas libres y a disposición del Estado español, con liquidación de los gastos útiles y necesarios”, y ha ordenado la cancelación de las inscripciones registrales contradictorias sobre las fincas.
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El ataque, según consta en la sentencia, se produjo “sorpresivamente” y en una zona que estaba “mal iluminada y escasamente transitada”, por lo que la víctima careció de posibilidad de defensa.