La Dirección General de Consumo ha iniciado un expediente sancionador contra una importante promotora de festivales de música por presuntas prácticas abusivas. Las acusaciones incluyen la prohibición del acceso con comida y bebida del exterior, restricciones en la salida y reingreso al recinto, y la imposición de un sistema de pago cashless sin posibilidad de reembolso. Estas acciones podrían violar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, lo que podría resultar en multas significativas. El proceso de investigación tiene un plazo máximo de nueve meses para su resolución.
La Dirección General de Consumo, que forma parte del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha decidido abrir un expediente sancionador contra una destacada promotora de festivales de música debido a posibles prácticas abusivas. Esta empresa es responsable de la organización de festivales en diversas Comunidades Autónomas del país, lo que permite la intervención del Ministerio dirigido por Pablo Bustinduy.
Las conductas cuestionadas se agrupan en tres categorías principales:
Desde la Dirección General de Consumo advierten que si se confirman estas prácticas, se considerarían abusivas y constituirían una infracción del artículo 47.1.j del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En caso de ser clasificadas como infracciones muy graves, las sanciones podrían oscilar entre 100.001 euros y 1 millón de euros.
Con la apertura del expediente sancionador, comienza un periodo máximo de nueve meses para su instrucción y resolución por parte de los órganos competentes del Ministerio. Es importante señalar que el inicio del expediente no implica un juicio anticipado sobre el resultado final de la investigación.
La Dirección General de Consumo, que forma parte del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha sido la entidad que ha abierto el expediente sancionador.
Las prácticas abusivas identificadas incluyen: prohibir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior, restringir la salida y reingreso de los asistentes sin un costo adicional, y obligar a utilizar un sistema de pago cashless sin posibilidad de reembolso adecuado.
Si se confirman las infracciones, podrían ser penalizadas con multas que oscilan entre 100.001 euros y 1 millón de euros, dependiendo de la gravedad de las infracciones.
Se establece un periodo máximo de 9 meses para la instrucción y resolución del expediente por parte del Ministerio competente.