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libre competencia

23/12/2024@22:00:53

El Consejo General de Protésicos Dentales debe reconsiderar ciertas medidas de su futuro Código deontológico, ya que incluyen aspectos restrictivos que generan inseguridad jurídica. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha señalado que algunos artículos son desproporcionados y no justifican adecuadamente su impacto en la protección de la salud pública. Se recomienda reforzar la justificación de las medidas propuestas, analizar alternativas menos restrictivas y aclarar conceptos jurídicamente indeterminados para evitar consecuencias disciplinarias a los protésicos. La CNMC tiene la autoridad para actuar ante estas propuestas, buscando un equilibrio entre regulaciones y el derecho de elección de los pacientes.

La magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid ordena a ambos organismos a que cesen en sus conductas anticompetitivas tras considerar que imponen restricciones injustificadas y desproporcionadas que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Además, les condena a remover inmediatamente todos los efectos de sus actuaciones anticompetitivas producidas a raíz de la interposición de este procedimiento.
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