La Conferencia Sectorial de Igualdad, presidida por la ministra Ana Redondo, ha aprobado un procedimiento común para la acreditación de situaciones de violencias sexuales. Este acuerdo permitirá a las víctimas acceder a derechos y recursos establecidos en la Ley Orgánica 10/2022, facilitando la acreditación administrativa para mujeres, niñas y adolescentes afectadas. La medida busca cumplir con los requisitos del Convenio de Estambul y el Pacto de Estado contra la violencia de género. La acreditación tendrá una vigencia de cinco años y podrá ser solicitada incluso sin denuncia previa o tras el archivo de un procedimiento judicial.
La Conferencia Sectorial de Igualdad ha dado un paso significativo al aprobar el procedimiento común para la acreditación de situaciones de violencias sexuales. La reunión, presidida por la ministra de Igualdad, Ana Redondo, se llevó a cabo en la sede del Ministerio y reunió a representantes del Ministerio de Igualdad junto con las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Este acuerdo establece pautas mínimas comunes que permitirán llevar a cabo la acreditación administrativa de las víctimas de violencias sexuales. Estas medidas están alineadas con lo estipulado en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de libertad sexual, y buscan facilitar el acceso de las víctimas a los derechos, recursos y servicios previstos en la normativa estatal. Además, se cumple así con los compromisos adquiridos en el Convenio de Estambul y el Pacto de Estado contra la violencia de género.
El nuevo procedimiento permitirá que mujeres, niñas, niños y adolescentes que sean víctimas principales de cualquier forma de violencia sexual puedan solicitar esta acreditación. También podrán hacerlo quienes ejerzan su representación legal. Las víctimas podrán acceder a este procedimiento sin necesidad de haber presentado una denuncia previa o si su caso ha sido archivado o sobreseído. Asimismo, aquellas que cuenten con una sentencia condenatoria firme cuya pena ya haya sido extinguida también podrán solicitarla, siempre que hayan transcurrido cinco años desde la notificación.
Las víctimas que no hayan podido probar la existencia de violencia, aquellas a las que se les haya denegado una orden de protección o cuyos procedimientos cautelares hayan quedado inactivos también podrán beneficiarse del proceso. La acreditación tendrá una validez administrativa de cinco años desde su emisión o desde que la víctima alcance la mayoría de edad si fue emitida cuando era menor.
Para llegar a este acuerdo, el Ministerio ha formado un grupo de trabajo con las comunidades autónomas y las ciudades autónomas, manteniendo ocho reuniones hasta ahora. Además, se ha colaborado con el Ministerio de Justicia para establecer un protocolo mediante el cual se comunique información sobre víctimas de violencia sexual al punto designado por cada comunidad autónoma.
A partir del año 2023, el Ministerio cuenta con una partida presupuestaria específica destinada a ayudas económicas para apoyar a las comunidades autónomas en la gestión y recuperación del bienestar de las víctimas. Esta acreditación no solo certificará situaciones de violencia sexual sino que también permitirá acceder a derechos legales como sentencias condenatorias u órdenes de protección.
Durante la misma sesión, se discutieron otros asuntos relevantes como una incidencia técnica en el sistema Cometa ocurrida el 11 de noviembre y resuelta ese mismo día. También se analizaron casos recientes de violencia de género en un comité de crisis celebrado el 12 del mismo mes. Por último, se presentó un texto normativo sobre violencia vicaria impulsado por el ministerio.
Se ha aprobado un procedimiento común de acreditación de las situaciones de violencias sexuales, que facilitará el acceso de las víctimas a los derechos, recursos y servicios reconocidos en la normativa estatal.
Pueden solicitarla mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas principales de todas las formas de violencia sexual, así como quienes ejerzan su representación legal.
La acreditación tendrá una vigencia de cinco años desde su emisión o desde que la víctima cumplió la mayoría de edad si se emitió siendo menor.
Pueden solicitarla aquellas que no hayan presentado denuncia previa, cuyo procedimiento judicial haya sido archivado o sobreseído, o que tengan sentencia condenatoria firme con penas ya extinguidas, entre otros casos.
El Ministerio cuenta con una partida presupuestaria específica para ayudas económicas destinadas a contribuir a la recuperación y bienestar de las víctimas.