El Gobierno de España ha aprobado el Estatuto de las personas en formación práctica no laboral, conocido como el Estatuto del Becario. Esta normativa, resultado de un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT, busca garantizar la igualdad de oportunidades y evitar la degradación de las condiciones laborales durante las prácticas formativas. El nuevo estatuto establece que las prácticas no deben sustituir a trabajadores, deben estar vinculadas a un plan individual de formación y asegurar derechos como la compensación de gastos y protección contra el acoso. La Inspección de Trabajo supervisará su cumplimiento, promoviendo así un entorno formativo más justo y equitativo.
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Estatuto de las personas en formación práctica no laboral, una medida que busca establecer un marco normativo claro para quienes realizan estas actividades formativas en empresas, instituciones y organismos tanto públicos como privados. Este Estatuto, también conocido como Estatuto del Becario, fue aprobado tras un acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales más representativas, CCOO y UGT.
La nueva regulación tiene como objetivo principal evitar que la formación no laboral se convierta en un mecanismo que degrade las condiciones laborales. A partir de ahora, las personas en prácticas no podrán ser consideradas como trabajadores de bajo costo, garantizando así que su experiencia formativa no esté basada en la precariedad.
Este Estatuto se presenta como un instrumento clave para la igualdad de oportunidades en el acceso a la formación. La normativa establece que las prácticas deben estar vinculadas a los itinerarios formativos correspondientes y deberán incluirse en un plan individual obligatorio para cada persona. Además, se prohíbe que estas prácticas sustituyan a trabajadores remunerados.
Entre los aspectos destacados del nuevo marco normativo se incluye la obligación de tutorización de las prácticas por parte de un profesional, quien podrá supervisar hasta cinco personas en formación. Asimismo, se establece que el número total de personas en prácticas no podrá exceder el 20% de la plantilla del centro de trabajo.
Las personas en prácticas tendrán derecho a compensación por gastos, descanso y acceso a los servicios disponibles para los empleados. También se les garantiza protección frente a situaciones de violencia y acoso. La norma refuerza el derecho a la información por parte de la representación legal de los trabajadores sobre las actividades formativas llevadas a cabo en la empresa.
Por otro lado, se creará una Comisión de seguimiento de la formación práctica, encargada de supervisar el cumplimiento del Estatuto. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrá acceso a toda la documentación relacionada con estas prácticas, asegurando así que se respete lo estipulado por la nueva normativa.
Con esta iniciativa, el gobierno busca dar un paso significativo hacia el reconocimiento pleno de los derechos de quienes realizan formación práctica no laboral, promoviendo condiciones justas y equitativas en el ámbito laboral.
| Descripción | Cifra |
|---|---|
| Total de personas en prácticas no laborales que puede tener un tutor | 5 |
| Porcentaje máximo de personas en prácticas no laborales respecto a la plantilla del centro de trabajo | 20% |
Es una norma aprobada por el Gobierno que delimita las actividades formativas y laborales, y establece el régimen jurídico de las personas que realizan prácticas formativas en empresas, instituciones u organismos públicos o privados.
El objetivo principal es garantizar la igualdad de oportunidades y evitar que la formación no laboral degrade las condiciones de trabajo. Se busca que las personas en prácticas no sean consideradas trabajadores "low cost".
El Estatuto promueve la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a las prácticas no laborales y evita la figura de los falsos becarios. Además, asegura que la actividad en la empresa esté vinculada al contenido formativo del plan individual.
La Inspección de Trabajo tendrá acceso a la documentación asociada a estas prácticas y se crearán comisiones de seguimiento en el ámbito empresarial para asegurar el cumplimiento de la norma.
Tendrán derecho a compensación por gastos, descanso, servicios del centro de trabajo, protección frente a violencia y acoso, así como a recibir información sobre la formación práctica impartida en la empresa.