La Audiencia Provincial de Cáceres ha inhabilitado al alcalde de Villanueva de la Sierra durante trece años por prevaricación, aunque lo ha absuelto de otros cargos como malversación y estafa procesal. La sentencia implica la pérdida definitiva del cargo, ya que se demostró que autorizó pagos a proveedores sin cumplir con los requisitos legales. La decisión no es firme y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Para más detalles, visita el enlace.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres ha dictado una condena que inhabilita al alcalde de Villanueva de la Sierra por un periodo de trece años debido a un delito de prevaricación. En esta resolución, el tribunal también ha decidido absolverlo de los cargos relacionados con malversación, falsedad documental y estafa procesal, que se le habían imputado previamente.
Esta inhabilitación implica la pérdida definitiva del cargo, lo que significa que el alcalde no podrá desempeñar funciones como concejal o alcalde en el futuro. La sentencia refleja que el alcalde, quien ha estado en el cargo desde 2015, autorizó pagos a proveedores a pesar de las advertencias de la secretaria interventora, quien había señalado que dichos pagos no correspondían a contratos menores.
A pesar de las acusaciones, el tribunal no encontró pruebas suficientes para demostrar que las contrataciones realizadas para la residencia de mayores en la localidad no fueran publicitadas mediante bandos municipales. Esta falta de evidencia fue clave para la absolución en los otros delitos mencionados.
Es importante destacar que esta sentencia aún no es firme. El alcalde tiene la opción de presentar un recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
El alcalde ha sido condenado a trece años de inhabilitación por prevaricación.
El alcalde ha sido absuelto de los delitos de malversación, falsedad documental y estafa procesal.
La inhabilitación conlleva la pérdida definitiva de empleo o cargo de concejal o alcalde.
El alcalde ostenta el cargo desde 2015 hasta la actualidad.
Se le atribuye haber autorizado distintos pagos a proveedores que la secretaria interventora había señalado como problemáticos por no ser contratos menores.
No, la sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.