El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social en España que garantiza un nivel básico de ingresos a personas en situación de vulnerabilidad económica. Introducido en 2020, el IMV busca promover la inclusión social y laboral. En 2025, los beneficiarios individuales pueden recibir hasta 658,81 euros mensuales, mientras que las unidades de convivencia tienen una renta garantizada mayor según el número de miembros. La solicitud se puede realizar online o presencialmente, y se requiere documentación que verifique la identidad y situación económica.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se erige como una medida fundamental de la Seguridad Social en España, diseñada para proporcionar un nivel básico de ingresos a quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad económica. Este programa tiene como objetivo primordial garantizar la inclusión social y laboral de sus beneficiarios.
Introducido en 2020 mediante un Real Decreto-ley, el IMV surgió en un contexto marcado por la crisis provocada por la pandemia. Posteriormente, en diciembre de 2021, se consolidó dentro de la Ley 19/2021, que establece formalmente esta prestación.
De acuerdo con las estadísticas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, aproximadamente 2.050.000 personas se benefician del IMV, distribuidas en cerca de 674.000 hogares.
El acceso al IMV puede realizarse de manera individual o como parte de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia están compuestas por personas que residen juntas y mantienen vínculos familiares, ya sea por matrimonio, pareja de hecho o consanguinidad hasta el segundo grado. También se incluyen aquellos que conviven por razones de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Aparte de los criterios económicos que se detallarán más adelante, los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos que varían según si la solicitud es individual o a través de una unidad de convivencia.
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital se determina como la diferencia entre la renta garantizada, establecida legalmente, y otros ingresos que pueda tener el beneficiario. Así, solo se puede acceder al IMV si los ingresos son inferiores a este umbral económico.
En 2025, la renta garantizada ha aumentado un 9%, quedando así:
Aparte de estos límites, existen complementos adicionales que pueden aumentar la cantidad percibida:
Sí. Cualquier cambio en las circunstancias personales del titular o miembros puede modificar la cuantía del IMV. Estas modificaciones tendrán efecto desde el primer día del mes siguiente al hecho que causó el cambio.
Anualmente, el importe se actualizará automáticamente cada 1 de enero basándose en los ingresos reales del año anterior.
La solicitud puede realizarse a través de:
A lo largo del proceso será necesario presentar documentos que acrediten identidad, residencia y situación económica. Más información sobre estos requisitos está disponible en el portal oficial.
A partir del 4 de noviembre del 2024 estará disponible el número corto 020, destinado a consultas sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta línea gratuita complementará al actual número informativo 900 20 22 22, ofreciendo asesoramiento personalizado sobre requisitos y trámites necesarios para acceder a esta prestación esencial.
Descripción | Cantidad Anual | Cantidad Mensual |
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Renta garantizada para un beneficiario individual | 7.905,72 € | 658,81 € |
Renta garantizada para una unidad de convivencia (5 miembros o más) | 17.392,68 € | 1.449,39 € |
Complemento por monoparentalidad (adicional) | 22% de la renta garantizada individual | No especificado |
Ayuda para menores de 3 años (complemento mensual) | No especificado | 115 € |
Ayuda para menores entre 3 y 6 años (complemento mensual) | No especificado | 80,50 € |
Ayuda para menores entre 6 y 18 años (complemento mensual) | No especificado | 57,50 € |
Se puede acceder al IMV de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia están formadas por personas que residan en el mismo domicilio y estén unidas por vínculo matrimonial, pareja de hecho, o vínculo de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital es la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener. En 2025, la renta garantizada para un beneficiario individual es de 7.905,72 euros al año, y para una unidad de convivencia con 5 miembros o más es de 17.392,68 euros anuales.
Sí. El cambio en las circunstancias personales puede resultar en la modificación de la cuantía de la prestación. La modificación puede realizarse a lo largo del año y tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente al hecho que causó dicha modificación.
Puede solicitarlo por internet con certificado electrónico o Cl@ve a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o sin certificado mediante un formulario habilitado. También se puede solicitar presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Desde el 4 de noviembre del 2024 está disponible el teléfono corto 020 para informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital, además del número actual 900 20 22 22.