www.eltelegrama.com
Se acabaron las dudas: Esto es lo que puedes hacer y lo que no estas Navidades a causa del Covid-19
Ampliar

Se acabaron las dudas: Esto es lo que puedes hacer y lo que no estas Navidades a causa del Covid-19

jueves 17 de diciembre de 2020, 16:27h

google+

Comentar

Imprimir

Enviar

Escucha la noticia

El Ministerio de Sanidad ha lanzado un mapa interactivo que recoge las medidas de contención del Covid-19 que cada comunidad autónoma mantiene vigentes bajo el estado de alarma. En estas fechas tan especiales, y debido a la situación que estamos viviendo, no dudes en consultarlo para resolver todas tus dudas, ya que se actualiza a diario.

Se puede consultar en tiempo real las limitaciones de entrada y salida de la comunidad o ciudad autónoma en la que residen o se encuentren así como la limitación perimetral de otras unidades territoriales (provincias, municipios, distritos sanitarios).

El mapa permitirá además comprobar las limitaciones de movilidad nocturna y sus horarios. Se irá actualizando diariamente con las publicaciones de los boletines oficiales de cada comunidad autónoma:

Las limitaciones perimetrales de la comunidad o ciudad autónoma o de otras unidades territoriales están exceptuadas para los siguientes desplazamientos adecuadamente justificados:

· Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

· Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

· Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

· Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

· Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

· Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

· Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

· Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

· Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

· Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

· Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Por último, recordar que no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios