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No os estamos persiguiendo por vuestras ideas
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No os estamos persiguiendo por vuestras ideas

Por Redacción
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cibeles.net
martes 14 de noviembre de 2017, 00:43h

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La juez Lamela confirma la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) contra los excosellers y rechaza sus recursos de reforma con el argumento de que "no se les persigue por hechos realizados como diputados, ni por defender sus ideas".

Lamela rechaza el recurso de los consejeros `fugados´ a Bélgica contra el auto del 3 de noviembre en el que la magistrada no admitió la declaración por videoconferencia de los dos querellados y acordaba su busca y captura, así como la OEDE. Mantiene, además, su decisión de no permitir a la defensa personarse en las actuaciones, en tanto que los recurrentes han optado por sustraerse a la acción de la justicia y no han realizado designación expresa de profesionales que les defiendan.

En su recurso, el abogado Gonzalo Boye, que "se presentó como representante de Serret y Comín, invocaba que lo que se les imputan son "actos parlamentarios protegidos por la inviolabilidad e inmunidad parlamentaria y que se encuentran ante una persecución de carácter político".

Pese a que el juzgdo no tiene constancia de que el abogado Boye sea el representante legal designado por ambos exconsejeros, Lamela responde a su argumentación. El recurso, recuerda, también cuestionaba la competencia de la Audiencia Nacional y en relación con la Orden Europea de Detención alegaba vulneración del derecho al juez imparcial por haberse emitido por más delitos de los incluidos en la presente investigación.

La magistrada rechaza todos los motivos esgrimidos por la defensa en su recurso. En primer lugar, explica que no se reclama a los recurrentes por hechos realizados como diputados, ni por defender sus ideas o la independencia de Cataluña, sino que se les persigue por aprovecharse de su condición de diputados y consejeros para sus fines ilícitos, para tratar de cambiar totalmente al margen de las vías legales la forma de Gobierno.

"FUERZA INTIMIDATORIA"

Insiste en que lo hicieron "participando decisivamente en los actos que desembocaron en la celebración de un referéndum independentista para lograr en España la secesión de la Comunidad Autónoma de Cataluña y su constitución en República Independiente".

Para obtener su propósito, continúa el auto, "promovieron y utilizaron al fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población. Llamaron a la insurrección y contravinieron frontalmente la legalidad y el ordenamiento constitucional español, así como diversas resoluciones del Tribunal Constitucional, sabedores de que el referéndum sólo podía celebrarse por la vía de hecho e incluso con el uso de la fuerza coactiva de la muchedrumbre movilizada a esos efectos, con el apoyo y la colaboración de asociaciones civiles independentistas, como la Asamblea Nacional Catalana y Òmnium Cultural".

En relación con la posible falta de competencia de la Audiencia Nacional, Lamela recuerda a la defensa que cualquier discrepancia sobre la materia debe canalizarla a través del correspondiente recurso de reforma contra su auto de 31 de octubre, en el que se declaraba competente para instruir la querella de Fiscalía.

De igual modo, la jueza rechaza la supuesta vulneración por falta de motivación de su auto. "Que los recurrentes no estén conformes con tal motivación y con la decisión adoptada, no significa que la resolución que se recurre carezca de motivación", concluye.

SIN DELITOS NUEVOS

Los recurrentes también alegaban vulneración del derecho al juez imparcial por haber emitido la OEDE por más delitos que los que se investigan. "Olvidan los recurrentes con ello que el Ministerio Fiscal en su escrito de querella efectuaba la calificación provisional de los hechos a los que la misma se refería, como delito de rebelión que absorbería los delitos de sedición, desobediencia y prevaricación. Subsidiariamente consideraba que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de sedición y de un delito de malversación. Y no son otros delitos los que se recogen en la resolución recurrida y en la OEDE librada a las autoridades belgas", concluye la magistrada para rechazar también este motivo.

Lamela reitera su rechazo a aceptar el acceso de Antoni Comín y Meritxell Serret a la causa en tanto que se encuentran en ignorado paradero y no se han puesto a disposición del juzgado, "y ello porque D. Antoni Comín y Dª Meritxell Serret, pese a tener conocimiento del procedimiento y de los presuntos delitos que se les imputan, han optado por sustraerse a la acción de la justicia y por no ponerse a disposición de este juzgado".

La juez recuerda que no han realizado designación expresa de abogados "por lo que ni tan siquiera consta que el letrado firmante de los escritos sobre los que se decide ostente efectivamente la defensa y representación consentida y aceptada por aquellos". El auto de Lamela es recurrible en apelación ante la Sala de lo Penal.

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